Nuestros usuarios de manera habitual se preguntan cómo tumbar una Fotomulta en Colombia , y son múltiples las inquietudes acerca de ellas, por eso es preciso contarles que el término correcto es denominarlas Fotodetecciones, las cuales sirven para la gestión de procesos sancionatorios derivados de la detección de infracciones de tránsito mediante sistemas automáticos y semiautomáticos.
La Superintendencia de Transporte protege a los usuarios y cree firmemente en el derecho al debido proceso, por eso es importante para nosotros que las personas conozcan el procedimiento que debe hacerse ante una eventual responsabilidad que se le endilgue ante las distintas entidades de tránsito del país.
Si me imponen la multa y no estoy de acuerdo, ¿ qué puedo hacer ?
En aquellos casos en que el presunto infractor esté en desacuerdo con la multa impuesta, la Ley prevé la posibilidad de interponer recursos antes los organismos de tránsito o instaurar acciones judiciales.
➤ Una vez reciba la notificación de la presunta infracción ¿puedo presentar consideraciones para que no me impongan la multa dado que no cometí la infracción?
Sí. Si el presunto infractor rechaza la comisión de la infracción, cuenta con once (11) días hábiles desde el momento en que se surte la notificación para presentarse ante la autoridad de tránsito competente. En estos casos, se recomienda consultar la página web u otros canales de contacto del respectivo organismo de tránsito para solicitar la programación de la audiencia. Una vez en audiencia, el sujeto vinculado podrá presentar sus descargos, así como presentar y solicitar pruebas que desvirtúen la imputación de responsabilidad administrativa.
En la misma audiencia, si fuere posible, se practicarán las pruebas y se sancionará o absolverá al presunto infractor. Si fuere declarado contraventor, se le impondrá el cien por ciento (100 %) de la sanción prevista en la Ley.
¿Cómo sé si tengo un comparendo?
Puedes darte cuenta de la siguiente manera:
- Accede al sitio web oficial del SIMIT.
- Ingresa tu cédula en el recuadro.
- El SIMIT te permitirá observar un resumen sobre los comparendos y multas que tienes vigentes.
- Si deseas mirar con mayor detalle el comparendo, debes seleccionar el tipo de fotomulta.
¿Cómo tumbar una fotomulta en Colombia o revocar fotodetecciones?
El derecho de petición, es sin duda alguna el mejor mecanismo que podemos utilizar de manera principal para tumbar una fotomulta o fotodetección. Sin embargo, lo que las personas desconocen es que no basta con tomar un modelo de derecho de petición, debemos buscar orientación profesional de servicios jurídicos que nos puedan ayudar y para ello que mejor alternativa que recurrir a los abogados expertos en el tema.
¿Causales para solicitar la eliminación?
Ya sabemos que la mejor forma de hacerlo es inicialmente a través del derecho de petición y posteriormente lo que hacemos es identificar las causales que pueden dar lugar a la eliminación del mismo, así:
1. Nunca se realizó la notificación o te notificaron por fuera de los tiempos de ley, es decir, después de aproximadamente 18 días de cometida la infracción.
2. No es identificado plenamente al conductor infractor (Sentencia C-038 de 2020 de la Corte Constitucional).
3. Por caducidad, esto es, cuando el acto administrativo que sanciona fue por fuera del tiempo de Ley. La caducidad de la Fotodetección aplica cuando la infracción fue antes del 14 de julio del 2017 y el fallo que sanciona lo hicieron después de 6 meses de la infracción o cuando la infracción fue después del 14 de julio del 2017 y el fallo que sanciona lo hicieron después de 1 año de la infracción.
4. Por prescripción, cuando el proceso de cobro coactivo no fue iniciado dentro del tiempo de Ley. Esto pasa cuando el mandamiento de pago de la fotomulta no se realizó dentro de los 3 años siguientes a la realización del comparendo.
5. La ausencia de señalización.
6. La calibración de los sistemas de fotodetección.
7. Los errores de procedimiento en la toma de las fotografías.
8. La ausencia de inmovilización del vehículo en el caso de foto multas por SOAT o técnico mecánica.
9. Por fallecimiento, entre otras.
En MIMINUTA.CO tenemos abogados especializados en eliminación de fotomultas y comparendos, con experiencia en procesos administrativos de impugnación de comparendos, para que Usted cuente con una asesoría especializada perfecta para sus comparendos. Llene el siguiente formulario de contacto o contáctenos de forma directa a través del siguiente número de Whatsapp: 3013229007 o realice el pago de su asesoría personalizada ya sea vía telefónica, presencial o en el siguiente enlace.
Requisitos que debe cumplir una fotomulta para ser válida
La Ley 1843 de 2017 regula los sistemas automáticos y semiautomáticos de detección de infracciones (fotomultas). Si la autoridad no cumple estos requisitos, usted tiene argumentos para pedir que se revoque:
- Notificación oportuna: el comparendo debe enviarse por correo dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su validación por un agente de tránsito.
- Identificación del conductor: desde la sentencia C-038 de 2020 de la Corte Constitucional, no basta con ser el propietario del vehículo. La autoridad debe demostrar quién conducía; no se puede sancionar al dueño solo por serlo.
- Cámaras autorizadas y señalizadas: los equipos deben contar con autorización del Ministerio de Transporte, estar calibrados y la zona debe estar debidamente señalizada.
- Prueba clara: la foto o el video deben permitir identificar el vehículo, la infracción, el lugar, la fecha y la hora.
Plazos clave que debe conocer
- 11 días hábiles desde la notificación para presentarse ante el organismo de tránsito y rechazar la infracción (audiencia pública).
- Descuentos: si acepta la infracción, puede pagar con 50 % de descuento dentro de los 5 días hábiles siguientes (haciendo el curso de seguridad vial) o con 25 % dentro de los 20 días hábiles.
- Caducidad de 1 año: la autoridad tiene un año desde la infracción para decidir; si no lo hace, pierde la facultad de sancionar. Vea nuestros formatos de caducidad del comparendo.
- Prescripción de 3 años: la multa prescribe a los 3 años de la infracción si no hay mandamiento de pago; si lo hay, se interrumpe y vuelve a contar. Más en prescripción de multas de tránsito.
Paso a paso para tumbar una fotomulta
1. Consulte la fotomulta en el SIMIT
Ingrese su número de cédula o la placa en la página del SIMIT y en la del organismo de tránsito que la impuso. Anote el número del comparendo, la fecha de la infracción y la fecha de notificación.
2. Revise la notificación
Compare la fecha de validación con la fecha de envío. Si pasaron más de tres días hábiles, o si nunca le llegó la notificación a la dirección registrada en el RUNT, anótelo como argumento.
3. Solicite las pruebas
Pida por derecho de petición la foto o el video, el certificado de calibración de la cámara y la autorización del equipo. Un poder para reclamar la guía de envío y el pantallazo del RUNT ayuda a probar fallas en la notificación.
4. Preséntese a la audiencia o presente sus descargos
Dentro de los 11 días hábiles, manifieste que no acepta la infracción y exponga sus argumentos: falta de notificación, falta de identificación del conductor, equipo sin autorización o señalización, o prueba insuficiente.
5. Si la multa es antigua, pida la caducidad o la prescripción
Si ya pasó más de un año sin decisión o más de tres años sin cobro, presente la petición de caducidad o de prescripción con el formato adecuado.
Errores que hacen perder el caso
- Dejar pasar los 11 días hábiles sin presentarse ni pedir la audiencia.
- No tener actualizada la dirección en el RUNT: la autoridad notifica a esa dirección.
- Pagar con descuento «para salir del problema» cuando la fotomulta tenía fallas: al pagar se acepta la infracción.
Preguntas frecuentes sobre cómo tumbar una fotomulta
¿Qué pasa si la fotomulta no identifica al conductor?
Desde la sentencia C-038 de 2020 de la Corte Constitucional, la multa no puede imponerse al propietario solo por ser dueño del vehículo: la autoridad debe identificar al conductor que cometió la infracción. Si no lo hizo, ese es un argumento válido para tumbar la fotomulta o el fotocomparendo.
¿Me pueden cobrar una fotomulta si no iba manejando?
No. La autoridad debe identificar al conductor. El propietario no es responsable solo por ser dueño del vehículo (Corte Constitucional, sentencia C-038 de 2020).
¿Cómo consulto si tengo fotomultas?
En el SIMIT, con su cédula o la placa, y en la página del organismo de tránsito de la ciudad donde ocurrió la infracción.
¿Cuánto tiempo tienen para notificarme una fotomulta?
Tres días hábiles desde que un agente valida la infracción captada por la cámara.
¿Una fotomulta vieja se puede eliminar?
Sí, si se cumplen los plazos de caducidad (1 año) o de prescripción (3 años). Revise nuestros formatos de prescripción de 3 años y de multas de más de 6 años.
Información general actualizada en septiembre de 2026. No reemplaza la asesoría de un abogado para su caso concreto.
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