En resumen: La infracción D12 sanciona conducir un vehículo que, sin autorización, se destina a un servicio distinto del que figura en su licencia de tránsito, como transportar pasajeros por pago en un carro particular. Es multa tipo D: $1.266.100 en Bogotá en 2026. Además, el vehículo se inmoviliza 5 días la primera vez, 20 la segunda y 40 la tercera. La reincidencia sin justa causa puede llevar a la cancelación de la licencia.
La infracción D12 es la multa por usar un vehículo en un servicio para el que no está autorizado, y el caso más común es el carro particular que transporta pasajeros a cambio de dinero. Es una de las sanciones más costosas del código, porque suma una multa tipo D, una inmovilización que crece con cada reincidencia y un riesgo para la licencia. Le explicamos cómo funciona y qué defensas tiene.
Texto del literal D.12
El artículo 131 del Código Nacional de Tránsito, en su literal D.12, sanciona a quien incurra en esta conducta: «Conducir un vehículo que, sin la debida autorización, se destine a un servicio diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito. Además, el vehículo será inmovilizado por primera vez, por el término de cinco días, por segunda vez veinte días y por tercera vez cuarenta días».
La licencia de tránsito (la tarjeta de propiedad) dice si el vehículo es de servicio particular, público u oficial. Lo que castiga la infracción D12 es la diferencia entre ese servicio registrado y el uso real que se le está dando en el momento del control.
Casos en que se impone el comparendo D12
- Carro particular que transporta pasajeros por pago. Es el caso más frecuente, incluido el transporte contratado por aplicaciones en vehículos de placa blanca.
- Moto particular usada como mototaxi. El conductor cobra por llevar a una persona.
- Vehículo de servicio especial (escolar, empresarial o de turismo) que recoge pasajeros en la calle como si fuera un bus urbano.
- Camioneta o camión particular que presta servicio de carga a terceros a cambio de un pago, en los casos en que la autoridad considera que la actividad exige habilitación.
Lo que define la conducta es la prestación de un servicio distinto al autorizado. Llevar a familiares, amigos o compañeros de trabajo sin cobrarles no convierte un carro particular en servicio público.
La inmovilización progresiva: 5, 20 y 40 días
A diferencia de casi todos los demás códigos, el D12 fija la duración de la inmovilización según las veces que se cometa la falta:
| Vez | Inmovilización | Multa |
|---|---|---|
| Primera | 5 días | Tipo D |
| Segunda | 20 días | Tipo D |
| Tercera | 40 días | Tipo D |
Durante ese tiempo el vehículo permanece en un parqueadero autorizado, y el propietario paga la grúa y el parqueadero por los días efectivos. Para retirarlo, el organismo de tránsito exige estar a paz y salvo de multas o tener un acuerdo de pago vigente (Ley 2027 de 2020).
Haga la cuenta completa antes de decidir qué hacer: una primera infracción D12 puede costar la multa, más la grúa, más cinco o más días de patios, más los días sin trabajar con el vehículo.
Cuánto cuesta el comparendo D12 en 2026
El D12 pertenece al grupo D, que la ley fijó en 30 salarios mínimos diarios y que desde 2024 se liquida en UVB. Con la UVB de 2026 ($12.110), la tabla oficial de Bogotá trae estos valores:
| Momento del pago | Valor en Bogotá |
|---|---|
| Con curso, primeros 5 días hábiles (50 %) | $633.050 |
| Con curso, días 6 a 20 hábiles (75 %) | $949.575 |
| Valor pleno | $1.266.100 |
En otras ciudades el valor varía en unos cientos de pesos. Las condiciones del descuento están en descuento en multas de tránsito.
Qué pasa con la licencia de conducción
Este punto ha cambiado y muchas páginas siguen con la información vieja.
El artículo 26 del código preveía la suspensión de la licencia por prestar servicio público en vehículo particular. La Corte Constitucional declaró inexequible esa causal en la sentencia C-428 de 2019, así que una primera infracción D12 no suspende la licencia por esa vía.
En cambio, sigue vigente la causal de cancelación del mismo artículo 26: «Por reincidencia en la prestación del servicio público de transporte con vehículos particulares sin justa causa». La cancelación es la sanción más grave sobre la licencia, así que acumular comparendos D12 tiene un riesgo real. Cómo se cuenta la reincidencia y qué es «justa causa» son preguntas que conviene revisar con un abogado en cada caso.
Si el conductor no es el dueño del vehículo
La infracción D12 se impone al conductor que presta el servicio no autorizado. Pero la inmovilización recae sobre el vehículo, y el artículo 125 del código pone a cargo del propietario el pago del parqueadero. Por eso el dueño que presta o arrienda su carro particular termina asumiendo parte del costo, aunque no lo estuviera manejando.
Si usted es propietario y entregó el vehículo a otra persona, conviene que el contrato de arrendamiento o el acuerdo con el conductor diga quién responde por multas, grúa y patios. Así podrá reclamarle lo que pague.
Defensas frente a la infracción D12
El agente debe poder demostrar que el vehículo se estaba destinando a un servicio distinto. En la vía suele apoyarse en lo que dicen los pasajeros, en una aplicación abierta en el celular o en el pago que observó. Estas son las defensas que tienen sustento:
- No había servicio ni pago. Si llevaba a familiares, amigos o compañeros sin cobrar, la conducta no se configura. Lleve testigos o mensajes que lo demuestren.
- Las declaraciones fueron inducidas o no constan. Si el comparendo se basa en lo que supuestamente dijo un pasajero, pida que se identifique y que declare en la audiencia.
- El vehículo tenía autorización. Por ejemplo, un vehículo de servicio especial con un contrato vigente que cubría ese recorrido.
- Error en la cuenta de reincidencias. Si le aplicaron 20 o 40 días, verifique que las sanciones anteriores estén en firme y correspondan al mismo código.
- Errores formales: placa, fecha, hora o lugar equivocados.
La sanción solo procede cuando está plenamente comprobado que el citado es el infractor (artículo 137 del código, según la sentencia C-530 de 2003).
Segunda instancia: el D12 sí admite apelación
Las multas superiores a 20 salarios mínimos diarios se tramitan en dos instancias según el artículo 134 del código. El D12, de 30 salarios en el texto de la ley, cumple ese umbral. Por eso, contra la decisión de primera instancia procede la reposición y también la apelación ante el superior. Es una ventaja frente a los códigos B y C, que se resuelven en única instancia.
Para usarla, preséntese dentro de los 5 días hábiles siguientes al comparendo y pida la audiencia. Si le fallan en contra, interponga los recursos en la misma diligencia. El paso a paso está en cómo impugnar un comparendo de tránsito. Por el monto y el riesgo para la licencia, este es un caso en el que vale la pena nuestra asesoría sobre comparendos y multas de tránsito.
Caducidad y prescripción de la infracción D12
La autoridad tiene 1 año desde los hechos para decidir. Si no lo hace, la infracción D12 caduca por el artículo 161 del código, y si interpuso recursos que no se resolvieron en 1 año, se entienden fallados a su favor. Puede pedir que lo declaren con la petición de caducidad de comparendo de 1 año; lea cómo contar el plazo en caducidad de fotomultas y comparendos.
Si la multa ya está en firme, prescribe a los 3 años desde el hecho cuando no le han notificado el mandamiento de pago. Lo explicamos en prescripción de multas de tránsito. Si acumula varias multas antiguas, use el formato de eliminación de multas de tránsito.
Si su vehículo fue inmovilizado por la infracción D12, pida copia del inventario al entrar a los patios y revise el estado del carro al salir. Cualquier daño que no figure en el inventario de entrada es reclamable.
Preguntas frecuentes sobre infracción D12
¿Cuánto vale la infracción D12 en 2026?
Es multa tipo D: $1.266.100 en Bogotá. Con el curso y el pago en los primeros 5 días hábiles baja a $633.050. A eso se suman la grúa y los días de parqueadero.
¿Cuántos días inmovilizan el carro por un comparendo D12?
La norma fija 5 días la primera vez, 20 la segunda y 40 la tercera. El vehículo no sale antes de cumplir ese término, y para retirarlo debe estar a paz y salvo de multas o tener un acuerdo de pago vigente.
¿Me suspenden la licencia por prestar servicio público en carro particular?
La causal de suspensión fue declarada inexequible en la sentencia C-428 de 2019. Sigue vigente la cancelación de la licencia por reincidencia en esa conducta sin justa causa.
¿Llevar a compañeros de trabajo en mi carro es infracción D12?
Si no les cobra y no se trata de un servicio de transporte, no. El problema aparece cuando hay un pago a cambio del traslado o el vehículo opera como si fuera de servicio público.
¿Puedo apelar la decisión sobre el código D12?
Sí. Como la multa D supera los 20 salarios mínimos diarios, el proceso tiene dos instancias: procede reposición y apelación ante el superior jerárquico.
Información general sobre infracción D12 según la ley colombiana. No reemplaza la asesoría de un abogado para su caso concreto.
Formatos de infracción D12
- Petición de caducidad de comparendo de 1 año
- Eliminación de Multas de tránsito
- Asesoría sobre eliminación de comparendos y multas de tránsito
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