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Derecho de petición en Colombia: formato, requisitos y plazos de respuesta

El derecho de petición es la herramienta más sencilla y poderosa que tiene cualquier persona en Colombia para pedir información, documentos, una actuación o una respuesta de fondo a una entidad pública o, en muchos casos, a una empresa privada. No necesita abogado y es gratuito. En esta guía le explicamos cómo hacer un derecho de petición, qué debe contener, cuánto tiempo tienen para responderle y qué hacer si no le contestan.

¿Qué es el derecho de petición?

Es un derecho fundamental consagrado en el artículo 23 de la Constitución y regulado por la Ley 1755 de 2015. Le permite presentar solicitudes respetuosas y obtener una respuesta pronta, clara y de fondo. Ojo: responder de fondo no significa que le den la razón, sino que la entidad debe pronunciarse sobre lo que usted pidió, sin evasivas.

¿Ante quién se puede presentar?

  • Autoridades públicas: alcaldías, secretarías de tránsito, EPS del régimen público, ministerios, juzgados (en asuntos administrativos, no en los procesos), etc.
  • Particulares que prestan servicios públicos o cumplen funciones públicas: empresas de servicios públicos, EPS, fondos de pensiones, notarías, entre otros.
  • Otras organizaciones privadas, cuando se trata de garantizar derechos fundamentales. Aquí se incluyen bancos, empresas de telefonía y, en materia de datos personales, las centrales de riesgo. Si su caso es un reporte negativo, vea el derecho de petición a Datacrédito.

Qué debe contener un derecho de petición (formato)

El artículo 16 de la Ley 1755 de 2015 señala el contenido mínimo:

  1. A quién va dirigido: nombre de la entidad o empresa (y del funcionario, si lo conoce).
  2. Sus datos: nombre completo, documento de identidad y dirección física o electrónica donde recibirá la respuesta.
  3. El objeto de la petición: qué pide exactamente. Enumere las solicitudes una por una.
  4. Las razones en que se fundamenta: los hechos, en orden cronológico.
  5. Documentos que aporta como soporte (relaciónelos en un anexo).
  6. Firma, cuando sea el caso.

Un consejo práctico: escriba peticiones concretas y numeradas («1. Solicito copia de…», «2. Solicito que se corrija…»). Así es más difícil que la respuesta sea evasiva y más fácil demostrarlo si tiene que acudir a una tutela.

¿Cuánto tiempo tienen para responder?

Tipo de peticiónPlazo (días hábiles)
Petición general (interés particular o general)15 días
Solicitud de documentos o de información10 días
Consulta sobre materias a cargo de la entidad30 días

Los días se cuentan desde el día siguiente a la radicación. Si la entidad no puede responder a tiempo, debe informárselo antes de que venza el plazo, explicar el motivo e indicar una fecha razonable, que no puede superar el doble del término inicial.

Existen plazos especiales: por ejemplo, en reclamos sobre datos en centrales de riesgo, la Ley 1266 de 2008 da 15 días hábiles, y en otros sectores hay normas propias.

Cómo radicarlo

  • Por escrito, en la ventanilla de radicación, pidiendo copia con sello y número de radicado.
  • Por correo electrónico o en el formulario PQRS de la página web: guarde el correo enviado o el número de radicado que genere el sistema.
  • Verbalmente, en persona o por teléfono. En ese caso, pida que quede constancia escrita.

La constancia de radicación es la prueba más importante: sin ella es difícil demostrar que la entidad no respondió a tiempo.

¿Qué hacer si no le responden?

Si vence el plazo sin respuesta, o le responden de forma evasiva, incompleta o sin resolver el fondo, se vulnera su derecho fundamental de petición. La vía más rápida es presentar una acción de tutela: el juez debe decidir en 10 días y, si le da la razón, ordena a la entidad responder en un plazo corto, normalmente de 48 horas.

Si después de la tutela la entidad sigue sin cumplir, puede promover un incidente de desacato.

Ejemplo de derecho de petición

Este ejemplo de derecho de petición sirve como guía para pedir información o documentos a una entidad o empresa. Adáptelo a su caso:

[Ciudad], [fecha]

Señores
[Entidad o empresa]
[Dirección o correo de radicación]

Referencia: derecho de petición (artículo 23 de la Constitución y Ley 1755 de 2015)

Yo, [nombre completo], identificado(a) con cédula n.º [número], respetuosamente solicito:

1. [Primera solicitud concreta].
2. [Segunda solicitud concreta].

Hechos: [explique brevemente y en orden qué pasó].

Anexos: [documentos que adjunta].

Recibiré la respuesta en [dirección física o correo electrónico].

Atentamente,
[Firma]
[Nombre] – C.C. [número]

Preguntas frecuentes sobre el derecho de petición

¿Se puede presentar un derecho de petición a la EPS o a la Supersalud?

Sí. Las EPS prestan un servicio público y deben responder los derechos de petición en los plazos de ley. Si la EPS no responde o no resuelve, puede acudir a la Superintendencia Nacional de Salud o presentar una acción de tutela.

¿Necesito abogado para presentar un derecho de petición?

No. Cualquier persona puede presentarlo directamente y es gratuito. Solo se pagan las copias que usted pida, cuando corresponda.

¿Me pueden cobrar por responder?

No se puede cobrar por la respuesta. Lo único que puede cobrarse es el costo de reproducción de copias, y la entidad debe informarle el valor.

¿Puedo presentar un derecho de petición a una empresa privada?

Sí, cuando la empresa presta servicios públicos, cumple funciones públicas o cuando la petición busca proteger un derecho fundamental (por ejemplo, su información financiera o un servicio que le fue negado).

¿Qué pasa si me responden que no?

Una respuesta negativa pero clara y motivada cumple con el derecho de petición. En ese caso, lo que procede es discutir la decisión por la vía correspondiente (recursos administrativos, queja ante la superintendencia o demanda), no una tutela por falta de respuesta.

Información general actualizada en septiembre de 2026. No reemplaza la asesoría de un abogado para su caso concreto.

Germán Guerrero

Abogado colombiano, Dr. Germán Guerrero Martínez, director de Guerrero Abogados, firma con 12 años de experiencia y sedes en Medellín y Bogotá. Redacta y revisa los formatos legales y las guías publicadas en Miminuta.co.

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