En resumen: El amparo de pobreza permite litigar sin pagar cauciones, peritos ni otros gastos del proceso, y sin riesgo de ser condenado en costas. Se pide bajo juramento, antes o durante el proceso (artículos 151 a 158 del Código General del Proceso), y el juez le asigna un abogado. Si se lo niegan, la multa de 1 salario mínimo solo procede si se prueba mala fe.
El amparo de pobreza es la figura del Código General del Proceso que permite a una persona sin recursos demandar o defenderse en un proceso judicial sin asumir los gastos que normalmente exige un juicio. En esta guía le explicamos quién puede pedirlo, qué beneficios da, qué cambió con la jurisprudencia reciente y cómo redactar la solicitud.
Qué es el amparo de pobreza
El amparo de pobreza está regulado en los artículos 151 a 158 del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012). Según el artículo 151, se concede a quien no puede atender los gastos del proceso sin afectar lo necesario para su propia subsistencia y la de las personas a quienes debe alimentos.
Se usa en procesos civiles, de familia y, en general, en los que se tramitan con el Código General del Proceso: una demanda de alimentos, una filiación, una sucesión, un proceso ejecutivo en el que usted es el demandado o una demanda de responsabilidad civil, entre otros.
Hay una excepción: no procede cuando la persona pretende hacer valer un derecho litigioso adquirido a título oneroso, es decir, cuando compró el derecho que está cobrando.
Requisitos del amparo de pobreza en el CGP
Los requisitos del amparo de pobreza en el Código General del Proceso son pocos:
- Afirmar bajo juramento que no puede asumir los gastos del proceso sin afectar su subsistencia y la de quienes dependen de usted (artículo 152). El CGP no exige un certificado específico; basta el juramento, aunque conviene contar la situación con datos concretos.
- Presentarlo en la oportunidad correcta: antes de la demanda (como presunto demandante) o durante el curso del proceso (cualquiera de las partes).
- Si actúa con abogado y es demandante, presentar al mismo tiempo la demanda en escrito separado.
- Si es demandado con abogado y el término para contestar no ha vencido, presentar a la vez la contestación y la solicitud.
Si usted es demandado, no tiene abogado y pide que el juez le designe uno, el término para contestar se suspende hasta que el abogado designado acepte el cargo. Esto evita que pierda la oportunidad de defenderse mientras se resuelve la solicitud.
Cambio en los procesos laborales desde 2026
La Ley 2452 de 2025 expidió el nuevo Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, que rige desde el 2 de abril de 2026 para los procesos laborales iniciados desde esa fecha. Ese código trae su propio capítulo de amparo de pobreza (artículos 109 a 116) y, a diferencia del CGP, exige acompañar prueba siquiera sumaria de la condición de pobreza, por ejemplo la clasificación en el Sisbén A o B o vivir en estrato 1. Para procesos civiles y de familia sigue aplicando el CGP.
Efectos del amparo de pobreza: qué gastos le evita
El artículo 154 del CGP enumera los beneficios. Desde que presenta la solicitud, el amparado:
| Beneficio | Qué significa en la práctica |
|---|---|
| No presta cauciones procesales | Puede pedir medidas cautelares, como un embargo, sin pagar la póliza que normalmente se exige |
| No paga expensas ni honorarios de auxiliares | No asume el pago de peritos, secuestres, curadores ni gastos de la actuación |
| No es condenado en costas | Si pierde el proceso, no tiene que pagar las costas a la otra parte |
| Recibe un abogado designado | El juez le nombra apoderado si usted no tiene uno |
| Interrumpe la prescripción | Si se pide antes de demandar y la demanda se presenta dentro de los 30 días siguientes a la aceptación del abogado |
Los honorarios de los auxiliares los paga la parte contraria si es condenada en costas (artículo 157).
El abogado que designa el juez
El cargo es de forzoso desempeño: el abogado designado tiene 3 días desde la comunicación para aceptar o probar un motivo justificado para no hacerlo. Si no responde, puede ser excluido de las listas y multado con 5 a 10 salarios mínimos.
Ese abogado no es completamente gratuito si usted gana dinero con el proceso. Según el artículo 155, le corresponden las agencias en derecho que pague la contraparte y, si usted obtiene provecho económico, debe pagarle el 20 % de ese provecho en procesos declarativos y el 10 % en los demás.
La multa si le niegan el amparo de pobreza
El artículo 153 dice que, si se niega el amparo, se impone al solicitante una multa de un salario mínimo ($1.750.905 en 2026). La Corte Constitucional, en la sentencia C-426 de 2024, declaró esa norma exequible de forma condicionada: la multa solo puede imponerse cuando se compruebe que el solicitante actuó de mala fe. Puede leer la decisión en la relatoría de la Corte Constitucional.
En los procesos laborales del nuevo código la regla es similar: no hay multa salvo temeridad, mala fe o colusión.
Esto significa que, si usted dice la verdad sobre su situación económica, no debería ser sancionado aunque el juez no le conceda el beneficio. Lo que sí debe evitar es ocultar ingresos o bienes.
Cómo hacer la solicitud de amparo de pobreza
La solicitud de amparo de pobreza debe contener:
- Juzgado al que se dirige y, si ya existe, número del proceso.
- Sus datos de identificación y de contacto.
- La manifestación expresa, bajo juramento, de que no puede atender los gastos del proceso sin afectar su subsistencia ni la de quienes dependen de usted.
- Una explicación breve de su situación: ingresos, personas a cargo, deudas, empleo o desempleo.
- La petición de que se le designe apoderado, si no tiene uno.
- Su firma.
Nuestro formato de solicitud de amparo de pobreza trae esta estructura lista en Word. Si usted es demandado en un cobro, recuerde que debe acompañar la contestación; para eso puede usar la contestación de demanda ejecutiva singular.
Cuando la solicitud va junto con la demanda, el juez la resuelve en el auto admisorio. Si la presenta durante el proceso, se tramita por separado y los beneficios corren desde la fecha de presentación.
Ejemplo de amparo de pobreza
Carmen, madre cabeza de hogar con dos hijos y un ingreso informal de unos $900.000 mensuales, fue demandada por un almacén de electrodomésticos por $4.800.000. Antes de que venciera el plazo para contestar, envió al juzgado la solicitud de amparo de pobreza pidiendo que le designaran abogado.
El juez concedió el amparo y nombró apoderado; mientras el abogado aceptaba, el término para contestar quedó suspendido. Si Carmen pierde, no será condenada en costas; si gana, el abogado recibirá las agencias en derecho a cargo del almacén.
Cuándo termina el amparo de pobreza
Según el artículo 158, en cualquier momento la otra parte puede pedir que se declare terminado el amparo si prueba que cesaron los motivos que lo justificaron, por ejemplo porque usted consiguió empleo estable o recibió una herencia. El juez da traslado de 3 días y decide. Si la solicitud de terminación no prospera, quien la pidió y su abogado reciben cada uno una multa de un salario mínimo.
Diferencia con otras ayudas para litigar sin dinero
El amparo de pobreza no reemplaza otras opciones que existen en Colombia:
- Consultorios jurídicos de universidades: atienden gratis ciertos asuntos de menor cuantía.
- Defensoría del Pueblo: brinda orientación y representación en algunos temas.
- Comisarías de familia e ICBF: atienden conflictos de familia y menores sin costo.
Si su problema es el sobreendeudamiento, revise además la ley de insolvencia económica, que tiene su propio trámite. Y si lo están demandando por una deuda, nuestra guía me demandaron por un pagaré: qué hago le explica los plazos de defensa.
Preguntas frecuentes sobre amparo de pobreza
¿Necesito un certificado del Sisbén para pedir el amparo de pobreza?
En los procesos civiles y de familia regidos por el CGP no se exige: basta el juramento. En los procesos laborales iniciados desde el 2 de abril de 2026, el nuevo código sí pide prueba siquiera sumaria, como el Sisbén A o B o el estrato 1.
¿El amparo de pobreza me exonera de pagar la deuda que me cobran?
No. El amparo solo cubre los gastos del proceso, las cauciones y las costas. Si el juez concluye que la deuda existe, la obligación de pagarla sigue en pie.
¿Puedo pedir el amparo si ya tengo abogado de confianza?
Sí. En ese caso el juez no le designa otro y usted conserva al suyo. Los demás beneficios, como no pagar cauciones ni costas, se mantienen.
¿Qué pasa si me niegan el amparo de pobreza?
El proceso sigue y usted asume los gastos normales. Desde la sentencia C-426 de 2024, la multa de un salario mínimo solo procede si se prueba que actuó de mala fe.
¿El amparo sirve para una conciliación o un trámite en notaría?
No. Es una figura de los procesos judiciales. Para trámites en notaría o centros de conciliación existen otras reglas de tarifas y, en algunos casos, servicios gratuitos de consultorios jurídicos o entidades públicas.
Información general sobre amparo de pobreza según la ley colombiana. No reemplaza la asesoría de un abogado para su caso concreto.
Formatos de amparo de pobreza
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