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Notificación previa al reporte negativo: su derecho antes de ser reportado

Muchos Colombianos desconocen que la ley de habeas data – Ley 1266 de 2008, impone la obligación y no la facultad de hacer notificación previa al reporte negativo o mejor comunicar previamente antes de hacer el reporte negativo ante las centrales de riesgo ( Datacrédito – TransUnion – Procrédito ).

DEFENSA EN CASO DE NO NOTIFICACIÓN PREVIA AL REPORTE NEGATIVO

Por tanto, si usted es uno de esos Colombianos que dicen ¨me reportaron en datacrédito sin informar ¨ es necesario señalar con contundencia que sus derechos de defensa, contradicción y debido proceso han sido violentados o vulnerados y cuando ello es de dicha forma es posible solicitar la eliminación del o de los reportes negativos realizados en su contra de dicha forma.

DERECHO DE PETICIÓN PARA ELIMINAR REPORTES

Dicha solicitud la puede realizar por medio de un derecho de petición, autenticado en notaria y anexando su fotocopia de cédula y enviándolo a la dirección de la central de riesgo ante la cual tiene el reporte negativo.

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🚀 Debe editar solo las partes resaltadas en color amarillo. 🚀

Retomando el tema, la comunicación previa se deberá enviar al domicilio registrado por parte del deudor en carta de cobro o también directamente en un lugar visible del extracto bancario o estado de cuenta.

FORMA CORRECTA DE NOTIFICACIÓN PREVIA A REPORTE

La norma señala que toda deuda a reportarse negativamente se deberá comunicar previamente al deudor para que aquel a su vez pueda ponerse al día antes de que le manchen su score e historial financiero.

LEY DE BORRÓN Y CUENTA NUEVA

Con la llegada reciente de la llamada Ley de Borrón y Cuenta Nueva la misma impone una doble comunicación cuando las deudas a reportar negativamente sean iguales o inferiores al 15% de un salario mínimo legal mensual vigente. Por tanto si en este tipo de situaciones no se desarrolla la doble comunicación y en los plazos establecidos en la Ley, también se estará vulnerando el debido proceso y podrá usted como afectado ser liberado del reporte en la central de riesgo por el indebido procedimiento desarrollado por parte del acreedor.

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Lo que exige la ley sobre la comunicación previa

  • Plazo: la entidad debe comunicarle el reporte con por lo menos 20 días calendario de anticipación, para que pueda pagar o controvertir la deuda.
  • Medio: puede hacerse por correo físico, correo electrónico, mensaje de texto o en el extracto, siempre que quede prueba de que se envió a sus datos de contacto registrados.
  • Carga de la prueba: es la entidad (fuente) la que debe demostrar que hizo la comunicación; usted no tiene que probar que no la recibió.
  • Deudas pequeñas: si la deuda es igual o inferior al 20 % de un salario mínimo, se exigen dos comunicaciones en días diferentes antes del reporte.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si nunca me avisaron?

El reporte negativo es irregular y puede pedir su eliminación, aunque la deuda exista. Use nuestro formato de eliminación por no comunicación previa.

¿Si me eliminan el reporte, ya no debo nada?

No. La eliminación corrige el reporte irregular, pero la deuda puede seguir existiendo y cobrándose.

¿Me pueden volver a reportar?

Sí, si la entidad hace correctamente la comunicación previa y la deuda sigue en mora.

Información general actualizada en septiembre de 2026. No reemplaza la asesoría de un abogado para su caso concreto.

Germán Guerrero

Abogado colombiano, Dr. Germán Guerrero Martínez, director de Guerrero Abogados, firma con 12 años de experiencia y sedes en Medellín y Bogotá. Redacta y revisa los formatos legales y las guías publicadas en Miminuta.co.

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