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Carta de renuncia en Colombia: cómo hacerla y qué le deben pagar

Renunciar a un empleo es un derecho del trabajador, pero hacerlo bien evita problemas con la liquidación, el certificado laboral y hasta con una posible reclamación futura. En esta guía le explicamos cómo hacer una carta de renuncia en Colombia, qué debe decir, con cuánta anticipación entregarla y qué le deben pagar cuando termine el contrato.

¿Qué es la carta de renuncia y por qué hacerla por escrito?

La carta de renuncia es la comunicación con la que el trabajador le informa al empleador su decisión libre y voluntaria de terminar el contrato de trabajo. La ley no exige una fórmula especial, pero hacerla por escrito y con constancia de recibido es la mejor forma de probar tres cosas:

  • La fecha exacta en que presentó la renuncia y la fecha en que deja de trabajar.
  • Que la decisión fue suya y no un despido disfrazado (o al revés: que no firmó una renuncia bajo presión).
  • Los motivos, si renuncia por una falta grave del empleador (lo explicamos más abajo).

Qué debe contener una carta de renuncia

  1. Ciudad y fecha de presentación.
  2. Destinatario: nombre del empleador o de la empresa y, si aplica, del jefe inmediato o del área de gestión humana.
  3. Sus datos: nombre completo, número de cédula y cargo.
  4. La decisión de renunciar, dicha de forma clara: «presento mi renuncia voluntaria al cargo de…».
  5. El último día de trabajo (o la fecha a partir de la cual la renuncia se hace efectiva).
  6. Solicitudes finales: pago de la liquidación, certificado laboral, orden del examen médico de egreso y, si le interesa, la carta para el retiro de cesantías.
  7. Firma y datos de contacto (correo y teléfono) para recibir la liquidación.

Entregue dos copias y pida que le firmen y fechen la suya como recibido. Si la empresa trabaja por correo electrónico, envíela también por ese medio y guarde el mensaje.

¿Hay que avisar con 30 días de anticipación?

Depende del tipo de contrato:

  • Contrato a término indefinido: en términos generales, la ley laboral vigente no le impone al trabajador un plazo mínimo de preaviso para renunciar. Aun así, revise su contrato y el reglamento interno, y considere avisar con algunos días o semanas de anticipación para hacer el empalme: facilita la entrega del cargo y la relación con su antiguo empleador (y con las referencias laborales).
  • Contrato a término fijo: si quiere que el contrato no se renueve al vencer el plazo, debe avisarlo por escrito con al menos 30 días de anticipación; si no lo hace, el contrato se prorroga. Si renuncia antes de que venza el término, sin justa causa, el empleador podría reclamarle perjuicios, por lo que conviene negociar la fecha de salida. Vea nuestra guía sobre el contrato laboral a término fijo.

Renuncia voluntaria y renuncia con justa causa

Si renuncia por razones personales (otro empleo, estudio, cambio de ciudad), basta con informar la decisión. No está obligado a explicar el motivo.

Distinto es cuando renuncia porque el empleador incumplió gravemente sus obligaciones: por ejemplo, no le paga el salario, no lo afilia o no paga la seguridad social, lo maltrata o le exige actividades ilegales. El Código Sustantivo del Trabajo (artículo 62) contempla estas situaciones como justas causas para que el trabajador termine el contrato. En ese caso, a esto se le conoce como despido indirecto y el trabajador puede reclamar la indemnización como si lo hubieran despedido sin justa causa.

Para eso es clave que la carta diga expresamente los hechos y la causal en el momento de renunciar: después no podrá alegar motivos distintos. Si está en esa situación, le recomendamos asesorarse antes de firmar cualquier documento.

Qué le deben pagar cuando renuncia

Renunciar no le hace perder sus prestaciones. Al terminar el contrato, el empleador debe pagarle la liquidación, que incluye:

  • Salarios pendientes hasta el último día trabajado.
  • Cesantías e intereses sobre cesantías del periodo no liquidado.
  • Prima de servicios proporcional al semestre en curso.
  • Vacaciones causadas y no disfrutadas, pagadas en dinero.

Lo que no recibe, si la renuncia es voluntaria, es indemnización por despido. La liquidación debe pagarse al terminar el contrato: si el empleador se demora sin justificación, el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo prevé una indemnización moratoria a favor del trabajador.

Otros documentos que puede pedir al salir

  • Certificado laboral: el empleador debe expedirlo cuando el trabajador lo solicite al terminar el contrato, con el tiempo de servicio, el cargo y el salario. Si lo necesita durante el empleo, también puede pedir una constancia laboral.
  • Orden de examen médico de egreso: sirve para dejar constancia de su estado de salud al salir.
  • Paz y salvo de entrega de cargo, herramientas o dotación.
  • Soportes de pago de seguridad social del último mes, útiles para su nuevo empleo o para tramitar su afiliación como independiente.

Errores frecuentes al renunciar

  • Renunciar solo de palabra o por WhatsApp sin guardar constancia.
  • Firmar una renuncia redactada por la empresa, con fecha anterior o en blanco. Nadie puede obligarlo a renunciar; si lo presionan, no firme y busque asesoría.
  • Estar amparado por un fuero (embarazo, lactancia, incapacidad o tratamiento médico) y renunciar sin conocer sus derechos: la protección reforzada se pierde si la renuncia es realmente voluntaria.
  • No pedir la liquidación por escrito ni revisar que esté bien calculada.

Modelo de carta de renuncia voluntaria

Este es un modelo básico de carta de renuncia laboral que puede adaptar a su caso. Si prefiere un formato completo en Word, revisado por abogados, descargue nuestro formato de carta de renuncia.

[Ciudad], [fecha]

Señores
[Nombre de la empresa]
Atn.: [jefe inmediato o área de gestión humana]

Asunto: renuncia voluntaria

Yo, [nombre completo], identificado(a) con cédula de ciudadanía n.º [número], presento mi renuncia voluntaria al cargo de [cargo], que desempeño en la empresa desde el [fecha de ingreso]. Mi último día de trabajo será el [fecha].

Solicito el pago de mi liquidación final, la expedición del certificado laboral y la orden para el examen médico de egreso. Agradezco la oportunidad de haber trabajado con ustedes.

Atentamente,
[Firma]
[Nombre] – C.C. [número]
[Correo y teléfono]

Preguntas frecuentes sobre la carta de renuncia

¿A quién se dirige la carta de renuncia?

Al empleador: la empresa, su representante legal o el área de gestión humana. También puede dirigirla a su jefe inmediato, pero asegúrese de que la reciba quien maneja la nómina y de que quede constancia de la fecha de recibido.

¿La carta de renuncia laboral puede hacerse en Word o debe ser a mano?

Puede hacerla a mano o en computador. Lo importante es que esté firmada y que usted conserve una copia con la constancia de recibido.

¿Me pueden rechazar la renuncia?

No. La renuncia es un acto del trabajador y no necesita ser aceptada para producir efectos. Lo que sí puede ocurrir es que el empleador le pida un tiempo de empalme; eso se puede acordar.

¿Puedo retractarme después de entregar la carta?

Solo si el empleador está de acuerdo. Una vez recibida, la decisión de mantenerlo en el cargo depende de él.

¿Cuándo me deben pagar la liquidación?

Al terminar el contrato. En la práctica muchas empresas pagan en los días siguientes; si pasa un tiempo sin pago ni justificación, reclame por escrito, porque puede generarse la indemnización moratoria.

¿Puedo retirar mis cesantías si renuncio?

Sí. La terminación del contrato es una de las causas que permiten retirarlas del fondo; normalmente el fondo le pide la carta de terminación o la certificación del empleador.

Información general actualizada en septiembre de 2026. No reemplaza la asesoría de un abogado para su caso concreto.

Germán Guerrero

Abogado colombiano, Dr. Germán Guerrero Martínez, director de Guerrero Abogados, firma con 12 años de experiencia y sedes en Medellín y Bogotá. Redacta y revisa los formatos legales y las guías publicadas en Miminuta.co.

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