En resumen: Los remates DIAN son ventas forzadas de bienes de deudores de impuestos, dentro del cobro coactivo, y desde 2021 se hacen solo de forma virtual en la herramienta de la entidad. Para ofertar necesita estar inscrito en el RUT como postor (código 104), tener firma electrónica de la DIAN, consignar el 40 % del avalúo en el Banco Agrario y ofrecer mínimo el 70 % del avalúo. Si gana, paga el saldo, el 5 % de impuesto de remate y, según la DIAN, el 1 % de retención en la fuente en 5 días.
Los remates DIAN atraen a muchos compradores porque en la prensa aparecen casas, lotes y vehículos «con hasta 70 % de descuento». Detrás de esos titulares hay un procedimiento con reglas precisas: el Estatuto Tributario, el Código General del Proceso y los requisitos propios de la herramienta virtual de la DIAN. Aquí le explicamos de dónde salen los bienes, qué necesita para participar y en qué se diferencian de un remate en un juzgado.
Qué son los remates DIAN y de dónde salen los bienes
Cuando una persona o empresa debe impuestos nacionales y no paga, la DIAN puede cobrarle sin acudir a un juez, mediante el procedimiento administrativo de cobro coactivo del Estatuto Tributario (artículos 823 y siguientes). En ese procedimiento embarga, secuestra y avalúa bienes del deudor, y luego los remata.
El artículo 840 del Estatuto Tributario dice que, en firme el avalúo, la DIAN hace el remate directamente o por medio de otras entidades, siguiendo las normas del Código General del Proceso, y que puede hacerlo en forma virtual. Si el remate queda desierto después de la tercera licitación, el bien se adjudica a la Nación por el porcentaje de esa última licitación. Esos bienes luego pueden venderse, donarse a otras entidades públicas o entregarse a Central de Inversiones (CISA) para su venta.
Esta guía se refiere a los remates del cobro coactivo. La disposición de mercancías aprehendidas en controles aduaneros tiene reglas propias.
El remate virtual de la DIAN: reglas básicas
Según el abecé oficial de remates virtuales de la DIAN, la Resolución 0041 del 14 de mayo de 2021 adoptó la herramienta tecnológica de remate virtual como único mecanismo para las audiencias de remate de la entidad. La audiencia virtual tiene la misma validez que una presencial.
Los bienes en remate (inmuebles, muebles y vehículos) se publican en el portal de remates virtuales de la DIAN y en un diario de amplia circulación, un domingo, con al menos 10 días de antelación a la audiencia.
Cómo se calcula el avalúo en los remates DIAN
El artículo 838 del Estatuto Tributario fija las reglas: para inmuebles, el valor de la declaración del impuesto predial del último año aumentado en un 50 %; para vehículos, el valor oficial para el impuesto del último año; para los demás bienes, consultas en páginas especializadas o un perito. Los interesados tienen 10 días para objetar.
Por eso aparecen casas «desde $10 millones»: el avalúo parte del predial y la oferta mínima es el 70 % de ese avalúo.
Requisitos para participar en los remates DIAN
Los requisitos para ser postor que publica la entidad son más exigentes que los de un juzgado:
- Estar inscrito en el RUT como responsable del impuesto de renta en el régimen ordinario o en el Régimen Simple de Tributación.
- Estar inscrito en el RUT como postor para remate de bienes: en la sección de estado y beneficio debe figurar el código 104 en la casilla 89. Sin esa marca la herramienta no le deja entrar.
- Tener la firma electrónica que otorga la DIAN.
- Tener actualizado el correo electrónico en el RUT.
Quien actúa como apoderado debe acreditar esa calidad con un poder que incluya expresamente la facultad para licitar. Si el postor es una sociedad, el representante legal debe acreditar que puede comprometerla por el valor de la oferta, con un certificado de existencia de no más de un mes. Para el poder de una persona natural puede partir de nuestro poder especial amplio y suficiente, añadiendo de forma expresa la facultad de licitar en el remate.
Paso a paso de un remate virtual DIAN
- Busque el bien en el portal y revise el aviso: avalúo, fecha, ubicación y datos del secuestre.
- Haga los trámites del RUT y la firma electrónica con tiempo: no se resuelven el día anterior.
- Constituya el depósito judicial en el Banco Agrario por el 40 % del avalúo.
- Registre su oferta en la herramienta dentro de los 5 días anteriores a la audiencia o en la primera hora de esta, por un valor no inferior al 70 % del avalúo, con el depósito adjunto. La oferta es irrevocable.
- Conéctese a la audiencia y permanezca en ella. Pasada una hora, el funcionario abre los sobres y la herramienta valida los requisitos.
- Si hay empate, la herramienta permite mejorar la oferta a los empatados que estén en línea; si persiste, gana quien ofertó primero.
- Si gana, el acta se firma electrónicamente. A quienes pierden se les ordena devolver el depósito.
Lo que paga si gana un remate DIAN
| Concepto | Valor | Plazo |
|---|---|---|
| Saldo del precio | Oferta menos el depósito del 40 % | 5 días siguientes a la diligencia |
| Impuesto de remate | 5 % del valor final (Ley 1743 de 2014) | 5 días |
| Retención en la fuente | 1 %, según el abecé de la DIAN | Con el saldo |
| Gastos de registro y notaría | Según la tarifa vigente | Después de la aprobación |
Ejemplo: lote con avalúo de $50.000.000. Depósito: $20.000.000. Oferta ganadora: $40.000.000. Saldo: $20.000.000; impuesto de remate: $2.000.000; retención: $400.000. Si no paga a tiempo, se aplica la regla del artículo 453 del CGP: el remate se imprueba y pierde la mitad del depósito. Para reclamar la parte que sí se devuelve, puede adaptar nuestra solicitud de devolución de dinero en proceso de remate.
Entrega del bien en los remates de la DIAN
Según la DIAN, una vez recibida la comunicación del levantamiento de la medida cautelar y de la inscripción del nuevo propietario, el funcionario ejecutor ordena al secuestre, en 3 días, entregar el bien. Si el secuestre no lo hace, usted debe pedir la entrega al funcionario de la DIAN, que debe hacerse dentro de los 15 días siguientes a la solicitud.
En los remates judiciales, el juez reserva dinero del producto del remate para las deudas de administración, impuestos y servicios causadas hasta la entrega (art. 455 CGP). Antes de ofertar, pregunte en el expediente de la DIAN cómo se aplicará esa regla en su caso.
Diferencias entre los remates DIAN y los de un juzgado
| Aspecto | Remate en juzgado | Remates DIAN |
|---|---|---|
| Quién lo hace | Juez civil del proceso ejecutivo | Funcionario de cobro coactivo |
| Modalidad | Presencial o virtual, según el despacho | Solo virtual, en la herramienta de la DIAN |
| Requisitos del postor | Capacidad legal y depósito | RUT con código 104, firma electrónica, correo actualizado |
| Avalúo de inmuebles | Catastral + 50 % o dictamen | Predial del último año + 50 % |
| Si queda desierto | Nueva licitación; nuevo avalúo tras la segunda | Tras la tercera, se adjudica a la Nación |
En ambos casos rigen el depósito del 40 %, la base del 70 % y el pago en 5 días. Para conocer esas reglas comunes, lea nuestra guía de postura de remate y la de aprobación del remate.
Riesgos propios de los remates DIAN
El precio bajo tiene sus razones. Muchos inmuebles están en municipios pequeños o son lotes con problemas de acceso, y la visita depende de que el secuestre conteste. Revise el certificado de tradición, el uso del suelo y las deudas de predial antes de registrar la oferta. Si el deudor tiene otros embargos, el certificado se lo mostrará.
El último capítulo de nuestro curso de remates judiciales está dedicado a los remates de la DIAN, con el paso a paso de la inscripción y la audiencia virtual.
Preguntas frecuentes sobre remates DIAN
¿Una persona sin empresa puede participar en los remates DIAN?
Sí, cualquier persona natural con capacidad legal, siempre que cumpla los requisitos: RUT con la responsabilidad de renta (régimen ordinario o simple), inscripción como postor con el código 104, firma electrónica y correo actualizado. Haga los trámites con varias semanas de anticipación.
¿Dónde se consultan los bienes que remata la DIAN?
En el portal de remates virtuales de la página de la DIAN, que relaciona inmuebles, muebles y vehículos, y en el aviso que se publica un domingo en un diario de amplia circulación, al menos 10 días antes de la audiencia.
¿Se puede pagar el remate de la DIAN con crédito bancario?
El saldo debe pagarse en 5 días, un plazo que no permite tramitar un crédito hipotecario sobre el mismo bien. Se necesita dinero propio o un crédito ya desembolsado. El depósito del 40 % se consigna antes de ofertar.
¿Qué pasa si se cae la conexión durante el remate virtual?
Si por fuerza mayor o caso fortuito no se puede usar la herramienta, la DIAN suspende la audiencia mediante auto motivado y la reanuda después, avisando por correo a los postores. Por eso es clave tener el correo actualizado en el RUT.
¿Los remates DIAN tienen 70 % de descuento?
La oferta mínima es el 70 % del avalúo, y el avalúo de inmuebles parte del predial aumentado en un 50 %. Por eso los precios pueden quedar muy por debajo del comercial, pero no es un descuento garantizado: gana la mejor oferta.
Información general sobre remates DIAN según la ley colombiana. No reemplaza la asesoría de un abogado para su caso concreto.
Formatos de remates DIAN
- Curso Remates Judiciales Colombia
- Solicitud devolución de dinero en proceso de remate
- Poder especial amplio y suficiente
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