En resumen: La infracción C29 sanciona a quien conduce a una velocidad superior a la máxima permitida en la vía. Es una multa tipo C de 15 salarios mínimos diarios, que en 2026 se liquida en UVB y ronda los $633.000. No trae inmovilización ni suspensión de la licencia. Casi siempre llega como fotomulta, así que la defensa se centra en la cámara: autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, señalización, notificación y prueba de quién conducía.
La infracción C29 es el comparendo por exceso de velocidad y uno de los que más llegan por correo a los propietarios de carros y motos en Colombia. Aquí verá qué dice exactamente la norma, cuáles son los límites que la activan, cuánto cuesta en 2026 y en qué puntos suele fallar la cámara o el agente.
Qué dice la norma sobre la infracción C29
El código sale del literal C del artículo 131 de la Ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito, modificado por la Ley 1383 de 2010. El texto es corto:
C.29: «Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida».
Dos palabras pesan en la defensa. La primera es conducir: la sanción recae sobre quien maneja, no sobre el vehículo. La segunda es máxima permitida: el agente o la cámara deben comparar su velocidad con un límite concreto, fijado y señalizado para esa vía.
La norma no prevé inmovilización del vehículo ni suspensión de la licencia para la primera vez. Solo la reincidencia puede llevar a la suspensión, según la regla general del artículo 124 del mismo código.
Límites de velocidad que activan el comparendo C29
La Ley 2251 de 2022, conocida como Ley Julián Esteban, cambió los artículos 106 y 107 del Código y bajó los topes. Estos son los máximos que hoy fija la ley:
| Tipo de vía | Límite máximo legal |
|---|---|
| Vías urbanas | 50 km/h, salvo que la autoridad señalice otro valor por estudio técnico |
| Zonas escolares y residenciales | 30 km/h |
| Carreteras nacionales y departamentales | 90 km/h |
| Doble calzada sin pasos peatonales | 120 km/h |
| Vehículos de servicio público de carga | 80 km/h en carretera |
El artículo 106 permite a las ciudades fijar límites más altos en tramos concretos, con la metodología del Ministerio de Transporte y de la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Por eso una avenida puede tener 60 km/h y otra 50 km/h. Lo que manda es la señal que está en la vía, y el artículo 107 obliga a la autoridad a señalizar esas restricciones.
Cámara o agente con radar: dos formas de recibir la infracción C29
La gran mayoría de comparendos por velocidad se imponen con medios técnicos. Eso cambia todo el trámite.
Cuando la impone un agente en la vía
El agente detiene el vehículo, entrega la orden de comparendo y usted tiene 5 días hábiles para presentarse. Aquí el conductor está identificado desde el primer momento. Pida que le muestren la lectura del equipo y anote la referencia del radar; esa información le servirá en la audiencia.
Cuando llega como fotomulta por velocidad
La cámara capta la placa y el comparendo se envía al propietario que figura en el RUNT. Según el artículo 8 de la Ley 1843 de 2017, la notificación debe enviarse dentro de los 3 días hábiles siguientes a la validación, y el propietario tiene 11 días hábiles desde que la recibe para presentarse. Si no sabe si tiene comparendos pendientes, revise cómo consultar fotomultas en el SIMIT y en el RUNT.
Cuánto vale la infracción C29 en 2026
Desde 2024 las multas de tránsito ya no se calculan con el salario mínimo sino con la UVB (Ley 2294 de 2023, artículo 313). La UVB de 2026 es de $12.110. Con la conversión del Ministerio de Transporte, la multa C equivale a 52,28 UVB.
| Momento del pago | Valor aproximado en 2026 |
|---|---|
| Valor pleno | unos $633.000 |
| Con 50 % de descuento | unos $316.600 |
| Con 25 % de descuento | unos $474.900 |
Las cifras con descuento son las de la tabla oficial de Bogotá; otras ciudades pueden variar en unos cientos de pesos. Para el descuento debe hacer el curso de normas de tránsito dentro del plazo, y en las fotomultas los plazos corren desde la notificación. Los detalles están en nuestra guía del descuento del 50 % y del 25 %.
Si paga, acepta la infracción. Si cree que el comparendo C29 tiene fallas, no pague antes de revisarlo.
En qué se diferencia de otros códigos de velocidad
La infracción C29 se confunde con dos conductas parecidas:
- C.5: no reducir la velocidad en un cruce escolar en los horarios de funcionamiento del colegio, o en cruces de hospitales y terminales. Es una conducta distinta, aunque también tenga multa C.
- C.25: ir por el carril izquierdo a una velocidad que entorpece el tránsito. Aquí el problema es ir despacio en el carril equivocado.
Si el comparendo dice C29 pero los hechos descritos encajan en otra conducta, hay un error de tipificación que puede alegar en la audiencia.
Fallas frecuentes de la cámara que tumban la infracción C29
Una fotomulta por velocidad solo es válida si el sistema cumple los requisitos legales. Revise estos puntos antes de decidir:
- Autorización de la cámara. Todo sistema de fotodetección necesita autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), que dura 5 años. En mayo de 2026 el Gobierno anunció que más de 5,8 millones de fotomultas no pagadas, de 37 organismos de tránsito, debían revocarse de oficio por incumplir requisitos técnicos, entre ellos el concepto del Instituto Nacional de Metrología.
- Señalización. La Ley 1843 exige avisos visibles de zona vigilada por cámaras o radar. En las vías nacionales con detección fija de velocidad, la señal va 500 metros antes.
- Carros con cámaras. La Resolución 20263040036655 de 2026 del Ministerio de Transporte dispuso que los vehículos con cámaras deben operar con un agente de tránsito presente, visible e identificado, o con autorización previa de la ANSV. La Superintendencia de Transporte explicó la medida y advirtió que el SIMIT no debe registrar los comparendos que incumplan esas condiciones.
- Notificación tardía o a una dirección equivocada. Si el aviso no llegó en tiempo, los plazos de descuento y de defensa empiezan a correr desde la notificación real. Lea más sobre la notificación de comparendos y fotomultas.
- Quién conducía. En la sentencia C-038 de 2020, la Corte Constitucional dijo que no se puede sancionar al propietario solo por serlo. La autoridad debe imputar la infracción a la persona que manejaba.
Para obtener las pruebas, muchos propietarios piden al organismo de tránsito la foto, la guía de envío y el pantallazo del RUNT. Puede hacerlo con nuestro poder para reclamar la guía y el pantallazo del RUNT, útil cuando un tercero hace la gestión por usted.
Cómo impugnar un comparendo C29 paso a paso
Si decide rechazar la multa por exceso de velocidad, el camino es la audiencia pública ante la autoridad de tránsito:
- Preséntese dentro del plazo (5 días hábiles si fue en vía; 11 días hábiles si fue fotomulta) y manifieste que no acepta la infracción.
- Pida las pruebas: fotografía, registro de la velocidad, certificado de calibración del equipo y acto de autorización de la ANSV.
- Si usted no conducía, dígalo y aporte lo que lo demuestre: contrato de venta, constancia de que el carro estaba en el taller, testigos.
- Escuche el fallo, que se notifica en estrados. Como la multa C es de 15 salarios diarios, el proceso es de única instancia: solo procede el recurso de reposición.
Le explicamos cada etapa en la guía para impugnar un comparendo de tránsito y, si es una fotomulta, en cómo tumbar una fotomulta.
Caducidad y prescripción de la infracción C29
Aunque haya dejado pasar los plazos, hay dos salidas legales:
- Caducidad de 1 año. La autoridad tiene un año desde los hechos para dictar la decisión de fondo (artículo 161 del Código, modificado por la Ley 1843). Si no lo hizo, puede pedir que se declare. Use nuestra petición de caducidad de comparendo de 1 año y lea la guía sobre caducidad de fotomultas.
- Prescripción de 3 años. Si pasaron tres años desde los hechos sin que le notificaran el mandamiento de pago, la multa prescribe. Vea la prescripción de multas de tránsito.
Ejemplo: a Carlos le llegó un comparendo C29 de una cámara en una vía de Medellín. La infracción ocurrió en marzo de un año y la resolución sancionatoria se dictó en mayo del año siguiente. Pasaron más de 12 meses, así que puede pedir la caducidad aunque no se presentó a tiempo.
Preguntas frecuentes sobre infracción C29
¿El comparendo C29 suspende la licencia?
El texto de la infracción C29 solo prevé la multa tipo C, sin suspensión ni inmovilización. La suspensión de la licencia puede llegar por reincidencia, según el artículo 124 del Código Nacional de Tránsito.
¿Hay un margen de tolerancia antes de que la cámara multe?
La ley no fija un margen de tolerancia general. Los equipos deben estar calibrados y contar con el concepto técnico exigido; por eso, en la audiencia, conviene pedir el certificado de calibración y el registro exacto de la velocidad medida.
¿Me pueden cobrar la infracción C29 si vendí el carro?
Si el traspaso no se registró, el comparendo llega a su nombre porque usted sigue en el RUNT. Puede defenderse probando que ya no tenía el vehículo, pues la sentencia C-038 de 2020 exige identificar a quien conducía.
¿Cuánto tiempo tengo para pagar la fotomulta por velocidad con descuento?
El artículo 136 da 5 días para el 50 % y 20 días para el 75 %, contados desde la orden de comparendo; en fotomultas se cuentan desde la notificación. En la práctica, ciudades como Medellín aplican 11 y 26 días hábiles.
¿Sirve un derecho de petición contra un comparendo C29?
Sirve para pedir pruebas y para solicitar la caducidad o la prescripción. Para discutir si usted cometió la infracción, el escenario es la audiencia ante la autoridad de tránsito.
Información general sobre infracción C29 según la ley colombiana. No reemplaza la asesoría de un abogado para su caso concreto.
Formatos de infracción C29
- Petición de caducidad de comparendo de 1 año
- Poder para reclamar guía y pantallazo del RUNT
- Asesoría sobre eliminación de comparendos y multas de tránsito
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