Contrato de arrendamiento
El artículo 1973 del Código Civil indica que es un contrato en el que las partes adquieren una obligación recíproca, la una de conceder el goce de la cosa y la otra de pagar por ese goce, en otras palabras, una persona entrega a otra un inmueble para que se habite o explote comercialmente, y a su vez la otra persona paga un determinado canon de arrendamiento como contraprestación.
¿Qué es la restitución de inmueble arrendado?
Se trata de una acción que se da cuando existe incumplimiento por parte del arrendatario, como cuando no se está pagando el arriendo, los arrendatarios tienen problemas de convivencia con los vecinos, no se está pagando la administración o cuando se cortan los servicios públicos por falta de pago; esta tiene como fin terminar el contrato de arrendamiento, restituir a su dueño la tenencia de un bien que fue arrendado y obtener el pago de sumas de dinero que aún deba el arrendatario.
¿Cómo terminar el contrato de arrendamiento?
Se recomienda en primer lugar que se dé por terminado el contrato de arrendamiento por parte del arrendador, quien deberá comunicarle al arrendatario la situación de la terminación del contrato, indicando la causa de incumplimiento y solicitar la entrega del inmueble. Esta comunicación no debe seguir ninguna formalidad, pero se recomienda hacerla por escrito, para que esta sirva de prueba en un posible proceso judicial.
Si no es posible terminar el contrato a través de un aviso al arrendatario, se recomienda intentar un acuerdo entre las partes a través de un centro de conciliación, centro de convivencia, conciliador en equidad, defensoría del pueblo o notaría; a falta de estas autoridades se podrá acudir al personero municipal.
Proceso judicial para la restitución del inmueble arrendado
Si terminado el contrato de arrendamiento, el arrendatario no entrega voluntariamente el inmueble, puede presentarse una demanda civil ante un juez para que ordene la devolución del inmueble arrendado, este procedimiento está regulado en el artículo 384 del Código General del Proceso.
Si estas interesado en resolver dudas sobre este importante tema, puedes contratar una asesoría con un especialista dando clic aquí.