Qué pasa si no pago un comparendo: consecuencias reales en Colombia

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En resumen: Si no paga un comparendo, pierde el descuento, el organismo de tránsito le impone la multa por el 100 % y empieza a cobrar intereses de mora. Mientras no esté a paz y salvo no puede renovar la licencia ni hacer trámites del vehículo, y la autoridad puede iniciar cobro coactivo con embargos. No le pueden inmovilizar el carro solo por deber multas, y si pasan 3 años sin mandamiento de pago, la multa prescribe.

Qué pasa si no pago un comparendo es una de las preguntas más buscadas sobre tránsito en Colombia, y la respuesta tiene más matices de lo que parece. No pagar tiene consecuencias reales, pero algunas de las que circulan no son ciertas. En esta guía le explicamos qué pasa si no paga, paso a paso, y cuándo la multa deja de ser exigible.

Qué pasa si no pago un comparendo en los primeros días

Si se pregunta qué pasa si no pago un comparendo en la primera semana, la respuesta es que lo primero que pierde es el descuento. El artículo 136 de la Ley 769 de 2002 permite pagar el 50 % dentro de los 5 días siguientes al comparendo, o el 75 % dentro de los 20 días, haciendo el curso. Si deja pasar esos plazos sin pagar ni impugnar, esa opción desaparece.

Si tampoco se presenta a la audiencia, el organismo de tránsito sigue el proceso sin usted después de 30 días calendario desde la infracción. Usted queda vinculado al proceso, la decisión se dicta en audiencia y se entiende notificada en estrados. Si lo declaran contraventor, la multa queda por el 100 %.

Qué pasa si no pago un comparendo: las 6 consecuencias

ConsecuenciaDesde cuándoBase
Pierde el descuento del 50 % o 25 %A los 5 o 20 díasArtículo 136 del Código de Tránsito
Multa al 100 %Cuando lo declaran contraventorArtículo 136
Intereses de moraDesde que la multa está en firme y vencidaArtículo 136, numeral 3
Bloqueo de trámites y licenciaMientras no esté a paz y salvoArtículos 10 y 23
Cobro coactivo y embargosCuando le notifican el mandamiento de pagoArtículo 159 y Ley 1066 de 2006
Reporte en SIMIT y RUNTDesde el registro de la infracciónArtículo 93

Intereses de mora

La multa en firme y no pagada causa intereses moratorios, y la deuda crece cada mes. La tasa la liquida el organismo de tránsito. Dentro de los plazos del descuento en multas de tránsito todavía no hay intereses, así que actuar en los primeros días es la forma más barata de cerrar el asunto.

No puede hacer trámites de tránsito

El artículo 10 del Código de Tránsito dice que no se hará ningún trámite en el que esté involucrado el infractor, en cualquier calidad, si no está a paz y salvo. En la práctica, si tiene multas en firme sin pagar:

  • No puede renovar ni recategorizar su licencia de conducción.
  • No puede hacer el traspaso de un vehículo como vendedor.
  • No puede matricular un vehículo a su nombre ni hacer otros trámites ante el RUNT.

Esta es la consecuencia que más afecta a la gente en el día a día. La única forma de destrabarla, sin pagar todo, es un acuerdo de pago al día, que la ley considera equivalente al paz y salvo.

Cobro coactivo y embargo

Los organismos de tránsito tienen jurisdicción coactiva: pueden cobrar la multa sin ir ante un juez. El proceso empieza con el mandamiento de pago, y si no paga ni presenta excepciones, pueden ordenar el embargo de cuentas, salario o bienes. Lo explicamos en detalle en cobro coactivo y embargo por multas de tránsito.

Lo que no pasa si no paga un comparendo

Circulan muchos mitos. Estos son los más comunes:

  • No le inmovilizan el carro por deber multas. La Corte Constitucional declaró inexequible la regla que permitía inmovilizar el vehículo o retener la licencia por no pagar en 30 días. La inmovilización solo procede por la infracción misma cuando el código la prevé.
  • No va a la cárcel. Una multa de tránsito es una sanción administrativa, no un delito.
  • No queda reportado en Datacrédito por esa multa. El SIMIT y el RUNT son registros de tránsito, no centrales de riesgo financiero. Ojo: si la deuda con el organismo de tránsito supera 5 salarios mínimos y lleva más de 6 meses en mora, la entidad puede incluirlo en el Boletín de Deudores Morosos del Estado (BDME) de la Contaduría, que le impide contratar con entidades públicas.

Eso sí: si lo detienen por otra infracción y tiene multas pendientes, la multa nueva se suma a las anteriores.

Qué pasa si no pago un comparendo durante años

Aquí entra la prescripción. Según el artículo 159 del Código de Tránsito, la multa prescribe en 3 años desde el hecho, y ese plazo solo se interrumpe con la notificación del mandamiento de pago. Si en esos 3 años no le notificaron el mandamiento, la multa prescribió y usted puede pedir que la declaren y la retiren del SIMIT. Lo explicamos en prescripción de multas de tránsito.

Si sí le notificaron el mandamiento, el plazo vuelve a correr. La posición mayoritaria de los jueces es que corren 3 años nuevos, aunque no hay una sentencia de unificación. Para multas de 8 años o más, cuando el cobro lleva mucho tiempo detenido, sirve nuestra petición de prescripción de 8 años o más.

La ley dice que la prescripción debe declararse de oficio, pero en la práctica las multas prescritas siguen apareciendo en el SIMIT hasta que alguien lo pide. No espere a que el organismo lo haga solo.

Qué hacer si no puede pagar el comparendo

Si ya sabe qué pasa si no paga un comparendo y quiere evitarlo, tiene varias salidas según su caso:

  1. Revise si el comparendo tiene defectos. Si la notificación fue mal hecha o no conducía usted, puede impugnarlo. Ver cómo impugnar un comparendo de tránsito.
  2. Revise la caducidad. Si el organismo no decidió en 1 año, la acción caducó. Ver caducidad de fotomultas y comparendos.
  3. Revise la prescripción. Si pasaron 3 años sin mandamiento de pago, use nuestra petición de prescripción de 3 años.
  4. Pida un acuerdo de pago. Le permite pagar por cuotas y recuperar el paz y salvo mientras esté al día.
  5. Aproveche los alivios locales. En 2026, Bogotá descuenta el 60 % de los intereses de obligaciones en mora antes del 30 de junio de 2024, hasta el 21 de diciembre de 2026.

Ejemplo: un comparendo olvidado durante años

Una persona recibió en 2022 un comparendo D02 por no llevar el SOAT. No pagó ni fue a la audiencia, y el organismo la declaró contraventora. En 2026 intenta renovar su licencia y el sistema la bloquea porque tiene una multa en firme sin pagar.

Al revisar el expediente encuentra dos escenarios posibles:

  • Si el organismo nunca le notificó el mandamiento de pago, pasaron más de 3 años desde el hecho y la multa prescribió. Puede pedir la prescripción y, una vez declarada, renovar la licencia sin pagar.
  • Si sí le notificaron el mandamiento de pago en 2024, el término volvió a correr y la multa sigue vigente. Tendrá que pagar o pedir un acuerdo de pago para quedar a paz y salvo.

Por eso, antes de concluir qué pasa si no pago un comparendo en su caso concreto, hay que mirar las fechas y las notificaciones del expediente.

Qué pasa si no pago un comparendo de fotomulta

Las fotomultas siguen las mismas reglas, con dos diferencias. Primero, los plazos de descuento cuentan desde la notificación, que debe hacerse a la dirección del RUNT. Segundo, la Corte Constitucional exige que la infracción se impute personalmente: no basta con ser el propietario.

Además, en 2026 el Gobierno anunció que más de 5,8 millones de fotomultas no pagadas de 37 organismos de tránsito debían revocarse de oficio por fallas técnicas. Antes de pagar una fotomulta, revise si la suya está en ese grupo.

Si tiene varias multas y no sabe cuáles pagar, escríbanos por WhatsApp y un abogado revisa su caso.

Preguntas frecuentes sobre qué pasa si no pago un comparendo

¿Me pueden quitar la licencia por no pagar un comparendo?

No le suspenden la licencia por no pagar. Lo que pasa es que no puede renovarla mientras tenga multas en firme sin pagar. La suspensión o cancelación solo procede por ciertas infracciones, como la embriaguez.

¿Puedo vender mi carro si tengo comparendos sin pagar?

La regla reglamentaria exige que el propietario esté a paz y salvo de multas para el traspaso, y el Ministerio de Transporte interpreta que también el comprador. Si tiene multas, deberá pagarlas, firmar un acuerdo o demostrar que prescribieron.

¿Qué pasa si no pago un comparendo que no es mío?

No pague sin revisar. Si el comparendo corresponde a un vehículo que vendió o a una persona que conducía su carro, puede impugnarlo o pedir su revocatoria aportando pruebas.

¿Me pueden embargar el sueldo por una multa de tránsito?

Sí, dentro del cobro coactivo, después de notificarle el mandamiento de pago. El embargo del salario tiene límites legales; revise nuestra guía sobre embargo de salario si ya le llegó la orden.

¿Si me voy a vivir a otra ciudad, la multa desaparece?

No. El SIMIT registra las multas de todo el país, y el organismo de tránsito que la impuso puede cobrarla aunque usted viva en otra ciudad.

¿Qué pasa si no pago un comparendo de policía?

Es otro régimen, el de la Ley 1801 de 2016. Si no paga, se causan intereses, queda reportado en el Registro Nacional de Medidas Correctivas y, a los 6 meses, no puede contratar con el Estado ni renovar el registro mercantil, entre otras restricciones.

Información general sobre qué pasa si no pago un comparendo según la ley colombiana. No reemplaza la asesoría de un abogado para su caso concreto.

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