Remates de carros embargados: cómo comprar un vehículo en remate judicial

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En resumen: En los remates de carros embargados el juez (o la DIAN, o un municipio en cobro coactivo) vende el vehículo de un deudor con las reglas del Código General del Proceso: base del 70 % del avalúo, depósito del 40 % antes de ofertar y pago del saldo más el 5 % de impuesto de remate en 5 días. El avalúo suele ser el valor oficial para el impuesto vehicular. Antes de ofertar revise el historial del vehículo en el RUNT, las multas en el SIMIT, el impuesto vehicular y el costo del parqueadero.

Los remates de carros embargados son una de las búsquedas más frecuentes sobre remates en Colombia, y con razón: un carro avaluado en $48.000.000 puede salir desde $33.600.000. Pero un vehículo rematado no se prueba, suele llevar meses en un parqueadero y puede tener deudas que no aparecen en el aviso. Aquí le explicamos de dónde salen estos carros, cómo se oferta y qué revisar para no llevarse sorpresas.

De dónde salen los remates de carros embargados

No todos los carros «en remate» vienen del mismo lugar, y las reglas cambian según el origen:

OrigenQuién vendeReglas¿Hay subasta pública?
Proceso ejecutivo en un juzgadoEl juez civilArts. 444 a 457 del CGPSí, audiencia de remate
Ejecución de la prenda del vehículoEl juez, a pedido del acreedor prendarioArt. 468 del CGPSí, con posibilidad de que el acreedor oferte con su crédito
Cobro coactivo de la DIAN, un departamento o un municipioLa entidad públicaEstatuto Tributario y CGPSí, en muchos casos virtual
Vehículos abandonados en patiosEl organismo de tránsitoArt. 128 del Código de Tránsito, modificado por la Ley 1730 de 2014Venta por los procedimientos de contratación pública
Pago directo de la garantía mobiliariaEl acreedor (banco o financiera)Art. 60 de la Ley 1676 de 2013No: el acreedor se queda con el carro y lo vende por su cuenta

Por eso, cuando vea un anuncio de remates de vehículos, lo primero es averiguar quién vende y con qué reglas. Esta guía se centra en los remates de carros embargados en procesos judiciales y de cobro coactivo, donde rigen el depósito del 40 % y la base del 70 %.

Los carros que vende el tránsito no son remates judiciales

La Ley 1730 de 2014 permite al organismo de tránsito declarar el abandono de un vehículo que lleva al menos un año inmovilizado en los patios sin que el dueño lo reclame, después de publicar un listado y darle 15 días hábiles para presentarse. Declarado el abandono, el tránsito puede enajenarlo con los procedimientos de la contratación pública. Las condiciones de esas ventas las fija cada entidad. Si su carro está en los patios, lea nuestra guía sobre inmovilización de vehículos.

Cómo se avalúa un carro en remate

El artículo 444 del CGP dice que, para vehículos automotores, el valor es el fijado oficialmente para calcular el impuesto vehicular. También puede aportarse el precio de una publicación especializada, con copia de la página. En la DIAN, el artículo 838 del Estatuto Tributario remite al valor del impuesto del último año.

Ejemplo con un carro de gama media:

ConceptoReglaValor
AvalúoValor para el impuesto vehicular$48.000.000
Base de la licitación70 % del avalúo$33.600.000
Depósito para ofertar40 % del avalúo$19.200.000
Impuesto de remate5 % de la oferta ganadora$1.800.000 si gana con $36.000.000

Remates de carros embargados paso a paso

  1. Encuentre el aviso. Sale en el periódico del domingo y en el micrositio del juzgado, con la clase de vehículo, la placa y el parqueadero donde está.
  2. Consulte el historial. Con la placa, revise en el RUNT el propietario, las limitaciones a la propiedad (embargos, prendas), el SOAT y la revisión técnico-mecánica.
  3. Revise multas e impuestos. Consulte el SIMIT y el impuesto vehicular del departamento donde está matriculado.
  4. Vea el carro. Llame al secuestre y pida verlo en el parqueadero. Normalmente no podrá encenderlo ni probarlo; revise carrocería, llantas, kilometraje y si tiene llaves.
  5. Consigne el 40 % del avalúo en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario a órdenes del juzgado.
  6. Presente la oferta dentro de los 5 días anteriores o en la primera hora de la audiencia. Puede usar nuestro memorial de postura de remate; en la guía de postura de remate verá los errores que anulan la oferta.
  7. Si gana, pague en 5 días el saldo y el 5 % del impuesto de remate, y acredítelo con el memorial de cumplimiento de requisitos para bienes muebles.

Costos ocultos de los remates de vehículos

En los remates de carros embargados, el precio que usted ofrece es solo una parte del costo. Haga la cuenta con estos rubros:

  • Parqueadero. El carro secuestrado suele estar en un parqueadero que cobra por día. El juez debe reservar del producto del remate lo necesario para el parqueo causado hasta la entrega (art. 455 CGP), pero usted debe probar esa deuda dentro de los 10 días siguientes a recibir el carro.
  • Impuesto vehicular atrasado. También entra en la reserva del artículo 455 si lo demuestra a tiempo.
  • Grúa o transporte, si el carro no enciende.
  • SOAT y revisión técnico-mecánica, que casi siempre estarán vencidos.
  • Reparaciones: batería, llantas, frenos, por lo menos.
  • Traspaso ante el organismo de tránsito.

Un carro en remate que llevaba dos años en un parqueadero puede tener una deuda de parqueo de varios millones. Si no la reclama en el plazo, la discusión con el parqueadero será suya. Pida al secuestre o al parqueadero una liquidación por escrito antes de la audiencia y descuéntela de su oferta máxima: así sabrá hasta dónde puede subir sin perder el margen que busca.

El traspaso de un vehículo rematado

Cuando el remate queda aprobado, el juez ordena cancelar el embargo y la prenda, y expedir copias del acta y del auto aprobatorio. Con esas copias y el oficio de levantamiento del embargo se tramita el traspaso ante el organismo de tránsito donde está matriculado el vehículo, que lo registra en el RUNT.

Un punto que conviene aclarar antes de ofertar es el de las multas del antiguo propietario. Las multas de tránsito son personales del infractor, pero algunos organismos exigen paz y salvo para registrar traspasos. Explicamos esa regla en la entrada sobre traspaso de vehículo con multas; pregunte en el organismo de tránsito cómo la aplican a los traspasos por remate. Si la deuda es del propio vehículo por fotomultas o impuestos, revise también la guía de cobro coactivo por multas de tránsito.

Riesgos al comprar un carro en remate

Los remates de carros embargados tienen riesgos propios, distintos de los de un inmueble, que conviene medir antes de consignar:

  • No hay garantía por defectos en los remates de vehículos: en las ventas forzadas por autoridad judicial no procede la acción redhibitoria (art. 1922 del Código Civil).
  • El carro puede no tener llaves, tarjeta de propiedad ni accesorios.
  • Si el aviso no coincide con lo que ve en el parqueadero (otro color, otro motor), consúltelo con un abogado antes de ofertar.
  • Si el vehículo tiene prenda a favor de un tercero que no fue citado, el juez no debería fijar fecha (art. 448 CGP); verifique en el RUNT que no haya gravámenes sin resolver.

Si después de rematarlo quiere venderlo, use un contrato de compraventa de vehículo y haga el traspaso de inmediato.

Nuestro curso de remates judiciales dedica un capítulo al estudio físico, económico y jurídico del bien, con ejemplos de vehículos y de inmuebles, y otro a los pasos para cumplir los requisitos después de ganar.

Preguntas frecuentes sobre remates de carros embargados

¿Puedo probar el carro antes del remate?

Por lo general, no. El secuestre puede mostrarle el vehículo en el parqueadero, pero rara vez se permite encenderlo o manejarlo. Por eso conviene ir con un mecánico y calcular reparaciones en su oferta.

¿Quién paga el parqueadero de un carro rematado?

El juez debe reservar del producto del remate el dinero para el parqueo causado hasta la entrega. Usted debe demostrar el monto dentro de los 10 días siguientes a la entrega; si no lo hace, el dinero se entrega a las partes y la deuda puede quedar a su cargo.

¿Se pueden rematar motos embargadas?

Sí. En los remates de vehículos, las motos siguen las mismas reglas que los carros: avalúo por el valor oficial del impuesto, base del 70 %, depósito del 40 % y pago en 5 días. Revise igualmente el RUNT y el SIMIT.

¿Los bancos rematan los carros con prenda?

El banco puede pedir el remate en un proceso judicial o, si se pactó o tiene el carro en su poder, usar el pago directo de la Ley 1676 de 2013 y quedarse con el vehículo por su avalúo. En ese caso lo vende después por su cuenta, sin audiencia de remate.

¿Dónde encuentro remates de carros embargados?

En los listados de remates que se publican los domingos en la prensa, en los micrositios de los juzgados de la Rama Judicial y en el portal de remates de la DIAN. Los municipios y departamentos publican los suyos cuando rematan por impuestos.

Información general sobre remates de carros embargados según la ley colombiana. No reemplaza la asesoría de un abogado para su caso concreto.

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