En resumen: Las deudas de una persona fallecida se pagan, en primer lugar, con los bienes que dejó. Los herederos las asumen a prorrata de su cuota (art. 1411 del Código Civil) y, si aceptan la herencia con beneficio de inventario, responden solo hasta el valor de lo que heredan. Antes de pagar, pregunte si el crédito tenía seguro de vida deudores. El reporte negativo del fallecido no se borra solo: los familiares, como causahabientes, pueden consultarlo y pedir que se actualice.
Las deudas de una persona fallecida generan dudas en casi todas las familias: llegan llamadas del banco, cartas de cobranza y la pregunta de si los hijos o el cónyuge deben pagar. La respuesta depende de la herencia, de si hay seguro y de cómo se acepte la sucesión. En esta guía le explicamos quién responde, cuánto y qué hacer con el reporte en las centrales de riesgo.
Quién responde por las deudas de una persona fallecida
La muerte no extingue las obligaciones de dinero. El artículo 1155 del Código Civil dice que los herederos suceden al difunto en sus derechos y en sus obligaciones transmisibles. Un crédito de consumo, una tarjeta o un pagaré firmado por el causante pasan a la sucesión.
En la práctica, las deudas de una persona fallecida se pagan primero con los bienes que dejó: su casa, su carro, sus cuentas o sus cesantías. Lo que sobra, después de pagar, se reparte entre los herederos. Si no hay bienes, el acreedor tiene muy poco que cobrar.
Los familiares no responden por ser familiares
Ser hijo, hermano o cónyuge no lo convierte en deudor. Usted responde por las deudas de un fallecido solo si es heredero y en la medida en que acepte la herencia. Quien repudia la herencia no recibe bienes y tampoco asume las deudas.
La situación cambia si usted firmó como codeudor, fiador o avalista. En ese caso la obligación es suya desde el principio, el banco puede cobrarle directamente y su propio dato puede aparecer en las centrales de riesgo.
Cómo se dividen las deudas de un fallecido entre los herederos
El artículo 1411 del Código Civil ordena dividir las deudas hereditarias entre los herederos a prorrata de sus cuotas. Cada uno responde por la parte que le corresponde en la herencia, no por el total.
| Situación | Deuda total | Herederos | Lo que responde cada uno |
|---|---|---|---|
| Tres hijos con partes iguales | $30.000.000 | 3 | $10.000.000 |
| Dos hijos con partes iguales | $18.000.000 | 2 | $9.000.000 |
| Un solo heredero | $12.000.000 | 1 | $12.000.000 |
Estas cifras suponen que los herederos aceptaron sin limitar su responsabilidad. Si aceptaron con beneficio de inventario, el tope es el valor de lo que recibe cada uno, como se explica abajo. Si el fallecido estaba casado o tenía unión marital, primero se liquida la sociedad conyugal o patrimonial y luego se reparte la herencia.
El beneficio de inventario: el límite de su responsabilidad
El artículo 1304 del Código Civil dice que el heredero que acepta con beneficio de inventario responde de las deudas hereditarias solo hasta el valor de los bienes que hereda. Su sueldo, su casa y sus ahorros quedan por fuera.
Un ejemplo: el padre dejó un carro de $20.000.000 y deudas por $50.000.000. Si el único hijo acepta con beneficio de inventario, responde hasta $20.000.000. Los $30.000.000 restantes no los paga con su propio patrimonio.
Dos reglas más del Código Civil protegen a la familia:
- Si un coheredero acepta con beneficio de inventario, todos quedan obligados a aceptar así (art. 1305).
- El testador no puede prohibir que se acepte con beneficio de inventario (art. 1306).
El heredero que acepta sin ese beneficio sí podría responder más allá de lo heredado, en su cuota. Por eso conviene decidir la forma de aceptación con calma y, si las deudas son altas, con un abogado. Para entender el trámite completo de la herencia, lea nuestra guía sobre sucesiones en Colombia.
Seguro de vida deudores: revíselo antes de pagar
Muchos créditos de consumo, hipotecarios y tarjetas tienen un seguro de vida deudores que paga el saldo cuando muere el titular. Según la Superintendencia Financiera, no hay una norma que obligue a todas las entidades a exigirlo: depende de la política de cada una. Por eso la familia debe preguntar.
Si el seguro existe, cubre el saldo insoluto del crédito. Quien reclama debe probar el fallecimiento (registro civil de defunción) y el monto adeudado, y la aseguradora no puede pedir requisitos que la póliza no contempla.
La Corte Constitucional estudió un caso así en la Sentencia T-798 de 2007. La viuda de un tarjetahabiente con seguro de vida pidió el paz y salvo y no le respondían. La Corte protegió su derecho de petición y su hábeas data, ordenó gestionar el retiro del reporte negativo del fallecido y frenar las visitas y llamadas al hogar. También dijo que los herederos pueden pedir la actualización del dato de su causante.
Antes de pagar cualquier cuota con su dinero, pida por escrito al banco que le diga si el crédito tenía seguro de vida deudores y en qué estado está la reclamación.
Las deudas de una persona fallecida en Datacrédito y TransUnion
El reporte negativo no se borra por la muerte del titular. No encontramos una norma que ordene eliminarlo o marcarlo de forma automática. Lo que sí existe es el derecho de los causahabientes a consultar y reclamar (artículos 5 y 16 de la Ley 1266 de 2008).
Esto sirve para dos cosas: saber cuántas deudas de una persona fallecida existen antes de aceptar la herencia, y pedir que se actualice el dato cuando la deuda se paga o la cubre el seguro.
Requisitos para consultar el historial del fallecido
TransUnion pide un poder o una autorización del cónyuge, un hijo o un familiar, con firma autenticada de no más de 90 días hábiles, junto con los documentos que prueben el parentesco y la defunción. Lleve el registro civil de defunción y el registro que demuestre su relación con el titular.
Cuánto dura el dato negativo
Se aplican las reglas generales: si la deuda se paga, el dato permanece el doble del tiempo de la mora, con un máximo de 4 años; si nunca se paga, caduca a los 8 años contados desde la mora. Los detalles están en nuestra guía sobre cuánto dura un reporte negativo en Datacrédito.
Si la deuda ya se pagó o el seguro la cubrió y el reporte sigue, puede usar nuestro formato de eliminación de reportes negativos en centrales de riesgo, adaptado a su calidad de heredero.
Prescripción de las deudas de una persona fallecida
Las deudas de una persona fallecida también prescriben. Si el acreedor no cobra judicialmente a tiempo, los herederos pueden alegar la prescripción. Los términos son los de cualquier deuda: 3 años para la acción cambiaria de un pagaré o una letra, 5 años para la acción ejecutiva y 10 años para la ordinaria.
Antes de alegarla, conviene ver el documento que firmó el causante y sus fechas. Con nuestra solicitud de copia del título valor puede pedirle al acreedor el pagaré o la letra. Si no lo tiene, eso también es información útil. Para profundizar, lea prescripción de deudas en Colombia.
Tenga cuidado con un detalle: si un heredero reconoce la deuda, por ejemplo firmando un acuerdo de pago, puede interrumpir la prescripción. No firme nada sin revisar antes las fechas.
Pasos para manejar las deudas de una persona fallecida
- Saque el registro civil de defunción y reúna los registros que prueban el parentesco.
- Consulte el historial del fallecido en las centrales de riesgo como causahabiente para saber qué deudas existen.
- Pregunte a cada entidad si el crédito tenía seguro de vida deudores y radique la reclamación.
- Pida copia del pagaré o del contrato y revise fechas de vencimiento y de mora.
- No pague con dinero propio ni firme acuerdos hasta saber cuánto vale la herencia.
- Inicie la sucesión y decida si acepta con beneficio de inventario. Para una sucesión sin sociedad conyugal puede usar nuestra solicitud de sucesión intestada.
- Cuando la deuda quede pagada, cubierta o prescrita, pida la actualización del reporte.
Si los cobradores llaman a parientes que solo figuraban como referencias del fallecido, recuerde que la Ley 2300 de 2023 prohíbe contactar a las referencias personales (art. 4).
Preguntas frecuentes sobre deudas de una persona fallecida
¿Los hijos tienen que pagar las deudas de su papá o su mamá?
Solo si son herederos y aceptan la herencia, y en proporción a su cuota. Si aceptan con beneficio de inventario, responden hasta el valor de lo que reciben. Si repudian la herencia, no asumen las deudas.
¿El cónyuge sobreviviente queda reportado en Datacrédito?
No por el hecho de ser cónyuge. El reporte es del titular fallecido. El cónyuge solo aparece reportado si firmó el crédito como deudor, codeudor o fiador.
¿Qué pasa si el fallecido no dejó bienes?
Los acreedores no tienen con qué cobrar dentro de la sucesión. Los herederos que aceptan con beneficio de inventario no pagan con su propio patrimonio, y la deuda puede terminar prescribiendo.
¿El banco puede embargar la casa de los herederos?
La casa que es propiedad personal del heredero no responde por las deudas del causante si este aceptó con beneficio de inventario. Los bienes que dejó el fallecido sí pueden ser perseguidos por los acreedores.
¿Cómo sé si un crédito tenía seguro de vida deudores?
Pídale a la entidad, por escrito, una certificación del crédito que indique si tenía póliza de vida, con qué aseguradora y cómo se reclama. La respuesta escrita le sirve para el trámite con la aseguradora.
Información general sobre deudas de una persona fallecida según la ley colombiana. No reemplaza la asesoría de un abogado para su caso concreto.
Formatos de deudas de una persona fallecida
- Solicitud de copia de título valor
- Eliminación de reportes negativos en centrales de riesgo
- Solicitud completa de sucesión intestada sin sociedad conyugal
¿Prefiere que un abogado revise su caso? Escríbanos por WhatsApp al 301 322 9007.
Cuéntenos su caso
Un abogado revisa su situación y le dice qué formato o trámite le sirve. Escríbanos por WhatsApp al 301 322 9007.
¿Le sirvió? Compártalo:


