Codeudor reportado en Datacrédito: qué responde y cómo defenderse

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En resumen: El codeudor que firmó como deudor solidario responde por el total de la deuda, no por la mitad, y el acreedor puede cobrarle directamente sin perseguir antes al deudor principal. Por eso también puede quedar reportado en Datacrédito, con su propia historia y su propio dato negativo. Si paga, queda subrogado y puede cobrarle al deudor lo que pagó por él.

Ser codeudor de un familiar o un amigo es un favor que muchas veces termina en un reporte negativo propio. Cuando el deudor principal deja de pagar, el banco o el arrendador llaman al codeudor, le cobran todo y lo reportan a las centrales de riesgo. En esta guía le explicamos qué responde, qué derechos tiene frente al reporte y cómo recuperar lo que pague.

Qué es un codeudor y por qué responde por toda la deuda

En el lenguaje de los bancos y los arrendadores, el codeudor es la persona que firma el crédito o el contrato junto con el deudor principal para garantizar el pago. Casi siempre lo hace como deudor solidario.

El artículo 1568 del Código Civil dice que, por regla general, cuando varias personas deben una cosa divisible, cada una responde solo por su parte. Pero si la solidaridad se pacta, cada deudor puede ser obligado a pagar el total. El artículo 1571 agrega que el acreedor puede dirigirse contra todos o contra cualquiera de ellos «a su arbitrio», sin que este pueda alegar el beneficio de división.

En los títulos valores pasa lo mismo. El artículo 632 del Código de Comercio dice que quienes firman un pagaré en el mismo grado, como otorgantes o avalistas, se obligan solidariamente. Si usted firmó el pagaré al lado del deudor, en la práctica es tan deudor como él.

Codeudor, fiador y avalista no son lo mismo

FiguraQué firmaCuándo le cobran
Codeudor o deudor solidarioEl crédito o el pagaré, como obligado principal junto al deudorEn cualquier momento, por el total
FiadorUna garantía accesoria de la deuda ajena (CC art. 2361)Si el deudor no paga; puede pedir que primero se persigan los bienes del deudor
AvalistaEl aval en un título valorIgual que el obligado que avala

La diferencia importa. El artículo 2383 del Código Civil le da al fiador el beneficio de excusión: puede exigir que antes de cobrarle a él se persigan los bienes del deudor principal. Pero el artículo 2384 aclara que ese beneficio no aplica si el fiador renunció a él o si se obligó solidariamente. En la mayoría de formatos bancarios esa renuncia viene escrita.

Codeudor reportado en Datacrédito: por qué pasa

La Ley 1266 de 2008 define como titular de la información a la persona a quien se refieren los datos. El codeudor es titular de su propio dato: la obligación aparece en su historia de crédito, con su cédula.

El artículo 14 exige que el reporte identifique la condición en que actúa cada persona: deudor principal, deudor solidario, avalista o fiador. Revise esa casilla en su historia. Si usted solo era referencia y aparece como obligado, o si figura como deudor principal de un crédito que no pidió, hay un error que debe reclamar.

Cuando el deudor principal entra en mora, la fuente puede reportar a todos los obligados. El reporte del codeudor sigue las mismas reglas de permanencia que el de cualquier titular. Si quiere conocer los plazos, lea cuánto tiempo dura un reporte negativo en Datacrédito.

¿Le tenían que avisar al codeudor antes de reportarlo?

El artículo 12 de la Ley 1266 dice que el reporte negativo solo procede después de una comunicación previa al titular, y que la fuente puede reportar cuando pasen 20 días calendario desde el envío de esa comunicación a la última dirección registrada.

Como el codeudor también es titular, la lectura directa de la norma es que cada persona reportada debe recibir su propia comunicación. El aviso que le mandaron al deudor principal no reemplaza el suyo. Hay fallos de tutela que han razonado así, aunque no conocemos una sentencia de unificación de la Corte Constitucional específica sobre este punto.

Si a usted no le llegó ningún aviso, el parágrafo del artículo 12 (añadido por la Ley 2157 de 2021) prevé dos salidas:

  • Si la obligación ya se extinguió, el reporte debe retirarse de inmediato.
  • Si la obligación sigue vigente, debe retirarse, la fuente debe enviar la comunicación y solo entonces puede volver a reportar.

Para pedirlo puede usar nuestro formato de eliminación de reporte negativo por no comunicación previa. Más detalles sobre este requisito en notificación previa al reporte negativo.

Cobranza al codeudor: qué reglas se aplican

El artículo 4 de la Ley 2300 de 2023 prohíbe contactar a las referencias del deudor, pero permite contactar al avalista, al deudor solidario y al codeudor, porque están obligados a pagar. Eso sí, el contacto debe respetar las mismas condiciones de la ley:

  • Solo por los canales autorizados.
  • No más de un contacto en el mismo día ni por varios canales en la misma semana.
  • Lunes a viernes de 7:00 a. m. a 7:00 p. m. y sábados de 8:00 a. m. a 3:00 p. m., nunca domingos ni festivos.
  • Sin visitas a la casa ni al trabajo, salvo las excepciones de la ley.

Qué hacer si es codeudor de una deuda en mora

  1. Pida información completa. Solicite el estado de la obligación, el saldo, la fecha de la primera mora y la copia del pagaré o del contrato que firmó. Nuestra solicitud de copia del título valor le sirve para pedir el documento. Lea también cómo pedir la copia del pagaré.
  2. Verifique en qué calidad firmó. Si fue fiador sin renunciar a la excusión, puede exigir que primero se cobre al deudor principal.
  3. Revise si la deuda está prescrita. La acción cambiaria directa de un pagaré prescribe en 3 años desde el vencimiento (art. 789 del Código de Comercio). Si nadie lo demandó en ese tiempo y usted no reconoció la deuda, puede alegarlo. Más en prescripción de deudas en Colombia.
  4. Hable con el deudor principal. Muchas veces la solución más rápida es que él negocie y pague.
  5. Negocie si va a pagar. Si el acreedor le cobra a usted, ofrezca un plan por escrito con nuestra propuesta de negociación de deudas y pida paz y salvo al final.

No firme reconocimientos de deuda ni acuerdos sin leerlos. Reconocer una deuda vieja puede interrumpir la prescripción y hacer que el término vuelva a contarse.

Un caso típico: un hermano pidió un crédito de libre inversión por $15.000.000 y usted firmó a su lado. Él pagó un año y dejó de hacerlo. El banco puede exigirle a usted el saldo completo, con intereses de mora, y reportarlo. Lo sensato es pedir primero el estado de cuenta, confirmar la fecha de la mora y hablar con su hermano antes de comprometer su propio dinero o firmar un acuerdo.

Si el codeudor paga: cómo recuperar el dinero

El artículo 1579 del Código Civil dice que el deudor solidario que paga la deuda queda subrogado en la acción del acreedor, con sus privilegios y garantías. Además, si el negocio solo le interesaba al deudor principal (lo más común), la ley lo trata como fiador frente a él, y puede cobrarle todo lo pagado.

El fiador que paga tiene la misma posibilidad: el artículo 2395 del Código Civil le da acción para que el deudor le reembolse lo pagado, con intereses y gastos. Guarde el comprobante de pago y el paz y salvo: son las pruebas para cobrar después.

Codeudor de un arriendo

En los contratos de arrendamiento, el codeudor suele firmar como deudor solidario de los cánones, los servicios y las reparaciones. El arrendador puede cobrarle directamente. Si además se firmó una letra o un pagaré, puede iniciar un proceso ejecutivo contra los dos. Lea con cuidado el contrato antes de firmar: muchas cláusulas extienden la garantía a las prórrogas.

Si ya está reportado y no sabe qué causal aplica a su caso, un abogado puede revisarlo con la asesoría sobre eliminación de reportes negativos.

Preguntas frecuentes sobre codeudor

¿El banco puede cobrarle primero al codeudor y no al deudor principal?

Sí, si se obligó solidariamente. El artículo 1571 del Código Civil le permite al acreedor cobrarle a cualquiera de los obligados, a su elección y por el total. Solo el fiador que no renunció al beneficio de excusión puede pedir que primero se persiga al deudor.

¿Puedo dejar de ser codeudor de un crédito?

Solo si el acreedor acepta liberarlo, por ejemplo cambiando la garantía por otra persona o un bien. La renuncia unilateral no tiene efecto frente al banco mientras la deuda exista.

¿Si el deudor principal muere, el codeudor debe pagar?

Si se obligó solidariamente, la obligación sigue frente a él. Antes de pagar, pregunte si el crédito tenía seguro de vida deudores, porque ese seguro puede cubrir el saldo.

¿El reporte del codeudor se borra cuando el deudor paga?

Cuando la obligación se paga, se extingue para todos. El dato negativo permanece por el doble del tiempo de la mora, con un máximo de 4 años, igual que para el deudor principal. Pida a la fuente que actualice el estado en su historia.

¿Puede el codeudor reclamar el reporte aunque la deuda no sea suya?

Sí. El codeudor es titular de su información y tiene derecho a reclamar ante la fuente o el operador, por ejemplo si no recibió la comunicación previa o si el dato es inexacto.

Información general sobre codeudor según la ley colombiana. No reemplaza la asesoría de un abogado para su caso concreto.

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